G1592S
Las Responsabilidades de la Tutela/Curatela al Tribunal
La relación entre un Tutor y un Pupilo es un asunto legal, y es necesario obedecer las leyes y las reglas del tribunal que se aplican. Este NebGuide, el cual es la segunda publicación de una serie de siete publicaciones, se trata de las responsabilidades de la Tutela.
Por el Equipo de Desarrollo:
Eileen Krumbach, Educadora de Extensión, Universidad de Nebraska; Richard J. Bischoff, Profesor, Departamento de Estudios de Niños, Adolescentes, y Familias; Sue Fredricks, Directora Ejecutiva, Voluntarios que Ayudan a las Personas Mayores (VAS) Omaha; Thomas K. Harmon, Abogado Habilitado, Omaha; Bruce A. Cudly, Servicios de la Región V del Estado de Nebraska; Dianne Delair, Abogada Interna, Servicios de Abogacía de Nebraska, Inc.; Julie J. Hippen, Especialista de Programa, Departamento de Salud y Servicios Humanos del Estado de Nebraska, Servicios de Protección para Adultos; Marla J. Fischer-Lempke, Directora Ejecutiva, The Arc de Nebraska; Sheryl L. Connolly, Directora de Servicios de Juicio del Tribunal, Oficina Administrativa de los Tribunales
- Responsabilidades al Tribunal
- Formularios, Archivos, y Requisitos de Tutores/Curadores Asignados
- Recursos
La tutela es una relación designada por el tribunal que otorga al Tutor ciertos poderes y obligaciones. Los tutores tienen muchas responsabilidades en curso tanto al Pupilo como al Tribunal. Este es uno de siete publicaciones NebGuide en esta serie.
Responsabilidades al Tribunal
Primeramente, esto es una relación legal. Como tal, el tutor tiene que obedecer la ley y las reglas de el Tribunal que se aplican a los Tutores.
El primer paso es asignar a un Tutor/Curador a un individuo y es pedir al tribunal por una asignación. En el momento de esta solicitud, una lista de las partes interesadas será creada por la persona que pide la audiencia y/o su abogado. Una “parte interesada” generalmente es una persona, como el cónyuge, los niños, los padres, o una persona que pudiera ser heredera a un patrimonio del individuo por quien la Tutela/Curatela esté buscada. También puede ser cualquier persona que está preocupada por el interés y bienestar del individuo.
A estas partes interesadas les envían un aviso de la audiencia que les pregunta indicar si quieren recibir información y avisos futuros. Antes de la audiencia inicial, la persona estará nombrada como Tutor/Curador necesita haber obtenido:
- Una hoja de delincuencia;
- Un informe del Registro de Abuso y Negligencia para adultos y niños;
- Un informe del registro de delincuentes sexuales
- Una verificación de crédito por un proceso aprobado por la State Court Administrator Office (la Oficina del Administrador del Tribunal Estatal).
Estos informes deben ser presentados al tribunal del condado 10 dias antes de la audiencia de la asignación.
Formularios, Archivos, y Requisitos de Tutores/Curadores Asignados
Si después de la audiencia el juez decide que el individuo necesite un Tutor/Curador, un orden nombrando esa persona será inscrito. Incluirá los deberes específicos del Tutor/Curador. El Tutor/Curador firmará el formulario de la Aceptación del Nombramiento de Tutor y Curador.
Este formulario incluye todos los requisitos que se necesita cumplir antes de que el Tutor/Curador reciba sus “Cartas de Tutela/Curatela” y una lista de los formularios que se debe llenar y presentar al tribunal, incluyendo:
- Hoja de Dirección e Información General del Tutor/Curador
- Prueba de Cuenta Restringida de un Depositario o Instituto Financiero. (Se requiere esto dentro de 10 días del nombramiento.)
- Reconocimiento de un Instituto Financiero (Se necesita completar dentro de 30 días del nombramiento.)
- Inventario y Declaración Jurada de la Debida Diligencia (Se requiere esto dentro de 30 días del nombramiento.)
- La ley requiere que cuando el valor neto del patrimonio de un Pupilo sea más de $10,000.00, un bono será requerido o como sea determinado por el tribunal.
Después de presentar estos formularios, se emitirán “Las Cartas de Tutela/Curatela”. Las responsabilidades permanentes al tribunal incluirán:
- Llevar “Las Cartas de Tutela/Curatela” al instituto financiero apropiado y presenter al Tribunal un formulario de Reconocimiento de un Instituto Financiero
- Completar la clase de capacitación de tutela/curatela y presentar el certificado de la clase con el tribunal del condado dentro de 90 dias
- Si el Pupilo tiene bienes raíces o tiene un interés en propiedad actual, presentar “Las Cartas de Tutela/Curatela” al Registro de Escrituras en el condado donde la propiedad está localizada lo más pronto posible para identificar el Tutor/Curador como la única persona que puede actuar con respecto a la propiedad.
- Cumplir con los requisitos de entregar los informes de los Tutores/Curadores. Estos informes se presentan al tribunal y se envían a todas las partes interesadas. Los formularios para estos informes están disponibles al tribunal.
- Cada año, no más de 30 días después del aniversario del nombramiento del Tutor, presentar al tribunal una cuenta completa de la administración de los bienes del Pupilo. Este debe ir acompañado de una prueba de que el Tutor esté en posesión de los bienes del Pupilo. Es importante que estos bienes nunca se mezclen con los bienes del Tutor. El Tutor debe mantener un registro de los ingresos recibidos y los montos pagados en nombre del Pupilo. Este registro debe incluir la siguiente información:
- Un Informe del Tutor Anual de la Condición del Pupilo
- El Inventario Actualizado/Las Cuentas Anuales, incluyendo todos los estados de cuenta y/o declaraciones de corretaje
- Un Certificado de la Prueba de Posesión y Balance
- Para fondos restringidos, un formulario de la Prueba de Las Cuentas Restringidas. \
Todos estos formularios necesitan estar enviados a todas las partes interesadas acompañados por un Formulario de la Notificación del Derecho de Oponerse. El formulario de La Declaración Jurada de Envío se debe enviar al tribunal después de que la información anual esté enviada a las partes interesadas.
Además de las responsabilidades anteriores, los Tutores/Curadores deben hacer lo siguiente cuando sea necesario.
- Notificar el tribunal dentro de tres días de un cambio de dirección del Pupilo/persona protegida.
- Recibir el permiso del tribunal para mover al Pupilo fuera del estado.
- Notificar al tribunal dentro de tres días del fallecimiento del Pupilo
- Presentar el formulario de la Notificación de Bienes Recién Descubiertos dentro de 30 días después de estar enterado de bienes adicionales con un valor de más de $500.
- Si una parte interesada no está de acuerdo con algunos de los informes o no cree que el Tutor/Curador esté actuando en los intereses mejores del pupilo, él o ella puede presentar una objeción al tribunal. El tribunal fijará una fecha para una audiencia para recibir información adicional acerca de la objeción y se actuará con respecto.
Los contenidos del archivo del tribunal serán revisados por los secretarios judiciales del tribunal para determinar si tiene toda la información y todos los formularios completados como se requiere. Si el Tutor/Curador no ha cumplido con los requisitos como es necesario, él o ella recibirá una Notificación de la Necesidad de Acciones Correctivas.
Recursos
A Model Code of Ethics for Guardians (Un Código de Ética Modelo para Tutores). National Guardianship Association (Asociación Nacional de la Tutela). 1998. Tucson, Ariz.
Developmental Disability Law: A Manual for Nebraska Advocates. (La Ley de Discapacidades del Desarrollo: Un Manual para Defensores de Nebraska). Nebraska Advocates Services (Servicios de Defensores de Nebraska). 1996. Lincoln, Nebr.
Nebraska Revised Statutes (Los Estatuos Revisados de Nebraska). Article 26, Section 30 (Artículo 26, Sección 30).
Standards of Practice (Los Estándares de la Práctica). National Guardianship Association (Asociación Nacional de la Tutela). 2003. Tucson, Ariz.
UNL sitio web de Tutela http://www.extension.unl.edu/guardianship/ incluye información, vínculos informativos, y un calendario de talleres y programas educativos.
Esta publicación ha sido revisada por profesionales.
Extensión es una división del Instituto de Agricultura y Recursos Humanos de la universidad de Lincoln Nebraska en colaboración con los condados y con el Departamento de Agricultura de los Estados Unidos.
Los programas adicionales de la universidad de Lincoln Nebraska cumplen con las políticas de no-discriminación de la universidad de Lincoln Nebraska y del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos.
©2005-2012 El Consejo de Regentes de la Universidad de Nebraska en nombre de la Universidad de Nebraska–Extensión de Lincoln. Derechos reservados.
Para encontrar más publicaciones visite el sitio de la red de publicaciones de extensión de la universidad de Nebraska http://extension.unl.edu/publications.
Índice: Family Life (Vida de familia)
Relationships (Relaciones)
2005, Revisado Enero 2012